Derecho de propiedad de las comunidades indígenas

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Jurisprudencia: Derecho de propiedad de las comunidades indígenas

Nro.: 00024-2009-PI

Organismo: Tribunal Constitucional

Número: 
00024-2009-PI

Reconoce que la posesión tradicional de tierras comunales equivale al título de propiedad otorgado por el Estado. Es decir, que sobre la base de la posesión tradicional los pueblos indígenas tienen el derecho a exigir el reconocimiento oficial de la propiedad sobre sus tierras y además su registro.

Organismo: 
Tribunal Constitucional
Fecha: 
26 Jul 2011